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GLOSARIO

Descripción de nuestra terminología técnica y especializada vinculada a nuestros servicios y funciones.

Terminología
    A
  • ADUANAS:
    Son los lugares autorizados para la entrada o la salida del territorio nacional de mercancías y de los medios en que se transportan o conducen.
  • AGENTE ADUANAL:
    Es la persona física autorizada por la Autoridad Aduanera, para promover por cuenta ajena el despacho de las mercancías en los diferentes regímenes aduaneros.
  • ARRIBO:
    Llegada de la embarcación a un puerto para cargar o descargar, o para evitar algún peligro.
  • AUTORIDAD ADUANERA:
    Es la autoridad competente que, conforme a la legislación interna de una parte, es responsable de la administración de sus leyes y reglamentaciones aduaneras.
  • C
  • CARGA CONTENERIZADA:
    Carga manejada en contenedores que se intercambian entre los modos de transporte.
  • CLASIFICACIÓN ARANCELARIA:
    Es la clasificación de las mercancías objeto de la operación de comercio exterior que deben presentar los importadores, exportadores y agentes o apoderados aduanales, previamente a la operación de comercio exterior que pretendan realizar.
  • CONTENEDOR:
    Caja prismática de sección cuadrada o rectangular, destinada a transportar y almacenar cantidades máximas de todo tipo de productos y embalajes, que encierra y protege los contenidos de pérdidas y daños, que puede ser conducido por varios medios de transporte.
  • E
  • EXPORTACIÓN:
    Es la cantidad de carga que se mueve por un puerto nacional con destino a un puerto del extranjero.
  • I
  • IMPORTACIÓN :
    Es la cantidad de carga que se mueve por un puerto nacional procedente de un puerto del extranjero.
  • P
  • PUERTO:
    El lugar de la costa o ribera habilitado como tal por las autoridades para la recepción, abrigo y atención de embarcaciones, compuesto por el recinto portuario y, en su caso, por la zona de desarrollo, así como por accesos y áreas de uso común para la navegación interna y afectas a su funcionamiento, con servicios, terminales e instalaciones, públicas y particulares, para la transferencia de bienes y trasbordo de personas entre los modos de transporte que enlaza.
  • R
  • RECINTOS FISCALES:
    Son aquellos lugares donde se encuentran las mercancías de comercio exterior controladas directamente por las autoridades aduaneras y en donde se da el manejo, almacenaje y custodia de dichas mercancías por las autoridades.
  • T
  • TARA DEL CONTENEDOR:
    Peso del recipiente vacío, cuyo valor aproximado es de 2.1 toneladas para contenedor de 20 pies y de 3.5 toneladas para contenedor de 40 pies.
  • TEU:
    Unidad equivalente a un contenedor de 20 pies de largo. Siglas del término en inglés "Twenty Equivalent Unit".
  • TRASBORDO:
    Traslado de mercancías efectuado bajo control aduanero de una misma aduana, desde una unidad de transporte a otra, o a la misma en distinto viaje, incluida su descarga a tierra, con el objeto de que continúe hasta su lugar de destino.
  • TRÁNSITO:
    Paso de mercancías extranjeras a través del país cuando éste forma parte de un trayecto total comenzado en el extranjero y que debe ser terminado fuera de sus fronteras.
  • TRÁNSITO ADUANERO:
    Régimen aduanero bajo el cual las mercancías sujetas a control aduanero son transportadas de una aduana a otra.
  • TRANSPORTE INTERNACIONAL:
    El tráfico de naves o aeronaves, nacionales o extranjeras, de carga o de pasajeros hacia o desde el exterior.
A
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